La tolerancia es el valor que dio comienzo al liberalismo político

John Rawls: Liberalismo político

En esta entrada sobre el libro Liberalismo político, del filósofo estadounidense John Rawls, publicado en 1993, recorremos los principales argumentos de este conjunto de conferencias presentadas a partir de los años ‘80 como continuación y profundización de su obra fundacional, Teoría de la justicia, de 1971.

En ella, Rawls establece los principios fundamentales de su teoría, denominada  “justicia como equidad”, principios que exigen, dicho brevemente, en primer lugar, igualdad en el respeto de libertades básicas para todos los ciudadanos y, en segundo lugar, la aceptación de desigualdades solo justificadas si se dan en beneficio de todos, y especialmente de los menos favorecidos de la sociedad.

La obra Liberalismo político, de John Rawls, es una continuación y revisión de Teoría de la justicia.
Liberalismo político (1993)

No obstante, Rawls asume ahora, explícitamente, el abandono de su intento por presentar la teoría de la justicia como una teoría moral general, y como una opción frente al intuicionismo y el utilitarismo, considerándola a partir de aquí específicamente como teoría política para las sociedades democráticas occidentales.

Por otra parte, en Teoría de la justicia el tono es más filosófico, y Rawls trabaja sólo con principios abstractos y en condiciones ideales. En tanto ahora -y aun sin perder el recurso a las abstracciones-, aborda la cuestión concreta de cómo estos principios pueden ser efectivamente aceptados y aplicados en una sociedad democrática pluralista.

Como adelantamos, el libro Liberalismo político está compuesto de una serie de conferencias presentadas a partir del año 1980 a las que luego se irían agregando otras con el objetivo de profundizar y clarificar estas ideas. La estructura básica de esta obra se presenta, por tanto, de este modo:

  • Introducción
  • Primera Parte-Liberalismo político: elementos básicos
  • Conferencia I. Ideas fundamentales
  • Conferencia II. Los poderes de los ciudadanos y su representación
  • Conferencia III. Constructivismo político
  • Segunda ParteLiberalismo político: Tres ideas fundamentales
  • Conferencia IV. La idea de un consenso traslapado
  • Conferencia V. Prioridad de lo justo e ideas del bien
  • Conferencia VI. La idea de la razón pública
  • Tercera ParteEl marco institucional
  • Conferencia VII La estructura básica como objeto
  • Conferencia VIII. Las libertades básicas y su prioridad

Introducción

En la Introducción destaca Rawls que las conferencias poseen aquí la deseada unidad, tanto entre ellas como dentro del espíritu y el contenido de la Teoría de la justicia, dado que el tema que las vincula es el “liberalismo político”. Señala también que en su momento pensó que la concepción presentada en Teoría de la Justicia era, de todas las teorías morales tradicionales, la mejor aproximación a nuestras convicciones de justicia hasta entonces consideradas, y que constituía la base más apropiada para las instituciones de una sociedad democrática.

John Rawls: Liberalismo político

Mapa conceptual: J. Rawls – Liberalismo político https://filosofiaenimagenes.com/wp-content/uploads/2024/03/John-Rawls-Liberalismo-politico.pdf

Pero entiende ahora que los objetivos de las presentes conferencias son diferentes en su objetivo, y por eso podría parecer, que su contenido representa un cambio importante frente a la Teoría de la justicia. Sin embargo, advierte, la cuestión que específicamente abordará aquí es la de la “estabilidad” de su teoría, en tanto en todo lo demás, afirma, estas conferencias siguen la misma estructura y contenido que los presentados en aquella obra fundacional.

Dicho de otro modo, Rawls se cuestiona aquí el haber asumido, sin más, que en una “sociedad bien ordenada” todos los ciudadanos respaldarían el concepto de “justicia como imparcialidad” basándose en lo que llama ahora una “doctrina comprehensiva filosófica”. Por el contrario, advierte, el problema grave estriba en que una sociedad democrática moderna se caracteriza por estar constituida por un conjunto de doctrinas comprehensivas razonables es decir, un pluralismo de cosmovisiones incompatibles, muchas veces, entre sí, y donde ninguna cuenta con el consenso de los ciudadanos en general.

Cabe aclarar, en este punto, que por “doctrinas comprehensivas razonables” entiende Rawls concepciones abarcantes, englobantes, exhaustivas. Es decir, se trata de concepciones integrales acerca de lo que es valioso para la vida humana, ideales del carácter de la persona, así como ideales de amistad y de relaciones familiares y asociativas, y otras muchas cosas que informan acerca de nuestra conducta y, aspectos globales de nuestra vida.

Pero además, y esto aquí es central, para el liberalismo político se trata de doctrinas que resultan razonables solamente cuando aceptan los principios esenciales de un régimen democrático para hacer viable la convivencia. De manera que, de todo esto, Rawls desprende como conclusión provisional que el problema central del liberalismo político es éste:

“¿Cómo es posible que pueda existir a través del tiempo una sociedad estable y justa de ciudadanos libres e iguales profundamente dividida por doctrinas religiosas, filosóficas y morales, razonables, aunque incompatibles entre sí? En otras palabras: ¿cómo es posible que unas doctrinas comprensivas profundamente opuestas entre sí, aunque razonables, puedan convivir y afirmen todas la concepción política de un régimen constitucional? ¿Cuáles son la estructura y el contenido que permiten a una concepción política tal obtener el apoyo de un consenso  traslapado?”

Rawls se pregunta cómo es posible que se dé un "consenso traslapado" o "entrecruzado".
El “consenso traslapado” de doctrinas comprehensivas

Es necesario, llegado este punto, hacer una aclaración terminológica. En la edición que estamos utilizando para esta entrada se ha traducido la expresión “comprenhensive views” como “doctrinas comprensivas”, sin la letra hache. Sin embargo, otras traducciones la mantienen, siguiendo el término en inglés, y rescatando de mejor modo el concepto de “comprehender”, con el sentido más antiguo de algo “integrador”, “exhaustivo”, “abarcador”, así como en filosofía del conocimiento en ciertos casos se mantiene el concepto de “aprehender” para la idea de incorporar o asimilar alguna noción, en lugar utilizar meramente el concepto de “aprender”. Por eso, de aquí en más transcribiremos esa palabra como en el original, con hache.

A su vez, por “consenso traslapado” -concepto que en otras traducciones se presenta como “superpuesto” o “entrecruzado”- Rawls entiende el hecho de que cada ciudadano avala y apoya tanto la doctrina comprehensiva a la que adhiere como a la concepción política focal. De este modo, dado que la concepción política focal es compartida por todos, en tanto que con las doctrinas razonables no sucede así, debemos distinguir, dice Rawls, entre una base pública de justificación aceptada por todos los ciudadanos en general, y las muchas bases de justificación que no tienen el carácter de estrictamente públicas, dado que pertenecen a diversas doctrinas comprehensivas, aceptables solo por quienes adhieren a ellas.

El consenso traslapado o entrecruzado es, así, la respuesta definitiva de Rawls a la cuestión sobre la estabilidad. Es que, en la medida en que los ciudadanos advierten que la concepción política los respeta, porque respeta tanto sus libertades y oportunidades como su fidelidad a una determinada doctrina comprehensiva, estarán entonces más dispuestos a prestarle un verdadero asentimiento, señala.

Dice entonces Rawls, todavía en su Introducción, que este carácter especial de la noción de justicia como equidad explica, por lo menos en buena medida, los diferentes problemas que enfrentaría la filosofía política en el mundo moderno, comparado con el antiguo. Para explicar esto recupera la idea de que la filosofía moral griega comienza cuando empieza a ser rechazado el ideal homérico que había caracterizado el modo de vida de la clase guerrera.

Rawls compara la filosofía moral de los antiguos con la de los modernos.
La filosofía griega elabora un único ideal de bien aceptable por todos

La filosofía griega se ve obligada, entonces, a elaborar para la vida humana ideas del más alto bien, de la verdadera felicidad que fueran aceptables para los ciudadanos de esa diferente sociedad de la Atenas del siglo v a. C. Así, desde el principio, la idea griega de virtud supuso la integración de un orden de conducta personal con un orden de conducta político, como dos caras de la misma moneda. Esta integración fue posible porque ambos órdenes tenían, en último término, su fundamento común en una concepción del mundo compartida por todos los miembros de la polis.

Pero si nos trasladamos al período moderno, dice Rawls, tres acontecimientos históricos ejercieron profunda influencia en la índole de su filosofía moral y política. El primero y fundamental fue la Reforma protestante del siglo XVI, que fragmentó la unidad religiosa dela Edad Media y condujo al pluralismo religioso, con todas sus consecuencias para los siglos posteriores. Esto, a su vez, alentó pluralismos de otras clases, señala, que fueron una característica central de la cultura hacia finales del siglo XVIII.

El segundo acontecimiento es el desarrollo del Estado moderno, con su administración central, al principio regido por monarcas con poderes enormes, y hasta absolutos. Y El tercer suceso histórico importante es el desarrollo de la ciencia moderna, que comenzó en el siglo XVII, con la astronomía, y la física de Copérnico, Galileo, Kepler, Newton.

Rawls observa entonces que la Reforma tuvo enormes consecuencias porque cuando se divide una religión autoritaria, salvacionista y expansionista como la cristiandad medieval, esto significa inevitablemente la aparición, dentro de la misma sociedad, de una religión rival de la anterior, también autoritaria y salvacionista, diferente en algunos aspectos de la religión original de la que se separó, pero que conserva algún tiempo muchas de sus características. Así, Lutero y Calvino eran tan dogmáticos e intolerantes como lo había sido la Iglesia romana, destaca Rawls.

LUtero y Calvino eran tan dogmáticos como la Iglesia romana.
Lutero y Calvino

Por lo tanto, el problema  aquí pasa a ser:

“…¿cómo es posible que haya una sociedad entre quienes profesaban distintos credos religiosos? ¿Qué puede ser, en caso de poder concebirse, la base de la tolerancia religiosa?”

Para muchos, no había ninguna base posible, dice, dado que ello supondría aceptar la herejía acerca de lo más importante, la salvación, y la calamidad de la desunión religiosa. Sin embargo otros sí insistieron en el principio de la tolerancia al menos como modus vivendi. Pero incluso éstos veían la división de la cristiandad como un desastre, dice Rawls, aunque un desastre que había que aceptar, en vista de que la otra opción, era una guerra civil y religiosa interminable, como la que ya se estaba dando.

De este modo, la gente llegó a la tolerancia no porque pensara que debía tolerar, sino porque se vio obligada a ser tolerante. A continuación, ese modo de vida en el que las doctrinas restringían su alcance a la vida privada manteniéndose fuera del ámbito público en el que tenían que convivir con otras, se convirtió en un valor político autónomo que la gente ya no estaba dispuesta a poner en cuestión. En otras palabras, de la necesidad se hizo virtud.

Por lo tanto, para Rawls, el origen histórico del liberalismo político fue la Reforma y sus secuelas. Entonces dio comienzo a algo parecido al criterio moderno de la libertad de conciencia y de pensamiento, admitidos gradualmente como valores en sí mismos y no ya meramente como parte de un modus vivendi.

Y, por supuesto, afirma Rawls, también tuvieron decisiva importancia otras disputas de la época, como la de limitar el poder de los monarcas absolutos mediante principios constitucionales que protegieran los derechos y las libertades básicas de los ciudadanos. Es que, para Rawls, como para todo el liberalismo, considerar un desastre el pluralismo razonable equivale a considerar también como un desastre el ejercicio de la razón en condiciones de libertad.

Se establecieron principios constitucionales
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano

Recuerda entonces Rawls que tanto Hume como Kant reflexionaron sobre esto, pero que su pensamiento pertenece a lo que ahora él interpreta como “liberalismo comprehensivo”, es decir, como una cosmovisión integral en oposición al liberalismo político que él está defendiendo, dado que éste no adopta una concepción completa como la de ellos, una posición general sobre todas estas importantes cuestiones de la vida buena, y la moralidad, sino que deja que cada uno de los diferentes puntos de vista comprehensivos las conteste a su manera.

Hecha, entonces, esta amplia presentación general de su nuevo punto de vista sobre el lugar del liberalismo político, Rawls pasa a recorrer todas sus conferencias, cada una de las cuales realiza importantes precisiones sobre algún concepto clave.

Primera Parte-  Liberalismo Político: Elementos básicos

Conferencia I. Ideas fundamentales

Afirma Rawls aquí que lo mejor que puede hacer la filosofía política para hallar una base compartida para la libertad y la igualdad democráticas es “acortar la brecha del desacuerdo”. Y para ello esta concepción se centra en ciertas convicciones compartidas en la actualidad tales como la creencia en la tolerancia religiosa o el rechazo a la esclavitud, a fin de organizar las ideas básicas y los principios implícitos en ellas con el objetivo de integrarlos en una concepción política de la justicia coherente.

Rawls asume aquí que, para que tal concepción de la justicia sea aceptable, debe concordar en alguna medida con nuestras convicciones o “juicios morales meditados” o “considerados”. Se trata de lo que él presenta como el “equilibrio reflexivo”, el procedimiento mediante el cual una persona pone en relación sus juicios considerados o meditados de justicia con los principios de ésta con la intención de determinar si ellos son efectivamente la mejor expresión posible de su sentido de justicia.

En este contexto, Rawls considera que aquellos dos principios elegidos en la posición original, deberían, por una parte, hacer manifiestas las razones de que se piense así y, por otra, contribuir a resolver aquellas situaciones respecto de las cuales nuestras intuiciones se muestran todavía inseguras. De este modo, el equilibrio reflexivo satisface la necesidad de una base de justificación pública sobre cuestiones de justicia que resultará ser  “política”, y no “metafísica”, entendiendo por tal la justificación que podrían ofrecer las distintas cosmovisiones comprehensivas que basan sus argumentos en conceptos metafísicos, como la naturaleza humana, la voluntad divina o principios absolutos no compartidos por todos.

En otras palabras, la idea rawlsiana de justicia no es propiamente una teoría moral en el sentido de que pretenda una explicación acabada del sentido de la vida del hombre, de la sociedad y de la historia. Se trata, en cambio, de una teoría restringida solo a la dimensión política.

John Rawls, autor de Liberalismo político
John Rawls

Conferencia II. Los poderes de los ciudadanos y su representación

En esta conferencia Rawls presenta los importantes conceptos de “lo racional” y “lo razonable”. Afirma que lo razonable debe ser entendido como la virtud de las personas comprometidas con la cooperación social entre iguales. Las personas son irrazonables, en cambio, cuando están dispuestas a quebrantar tales términos como convenga a sus intereses, cuando las circunstancias lo permitan.

Lo racional, por su parte, es una idea distinta de lo razonable y se aplica a un agente poseedor de capacidades de juicio y deliberación, que persigue fines e intereses propios. Esto no significa, aclara, que estas personas estén interesadas solo en sí mismas porque, en realidad, los agentes racionales pueden tener toda clase de afectos y seleccionar y ordenar sus fines de muy distintas maneras, también por causas en favor de los demás.

De este modo, el liberalismo político pretende ser la justificación de un pluralismo razonable entendido como característica estable de una sociedad equilibrada y bien ordenada. Así, para Rawls la razonabilidad es la virtud propia del discurso político en virtud del cual cada uno trata a los demás como le gustaría ser tratado, es decir, como fines en sí mismos y no solo como medios, coincidiendo, de este modo, con los principios kantianos de razón práctica.

Por lo tanto, para Rawls lo razonable y lo racional son ideas complementarias, dado que si los agentes fueran meramente razonables no tendrían objetivos propios que quisieran promover mediante la cooperación justa. Pero si éstos fueran meramente racionales les faltaría el sentido de la justicia por no reconocen la validez de las exigencias de los demás. Así, esta sociedad razonable, dice Rawls, no es ni una sociedad de santos ni una sociedad de egocéntricos. Es, simplemente, parte de nuestro mundo humano cotidiano, un mundo al que no le atribuimos muchas virtudes hasta que nos vemos fuera de él.

Una sociedad "razonable" no es de santos ni de egocéntricos.
“Ni una sociedad de santos ni de egocéntricos”

Conferencia III. Constructivismo político

Rawls afirma en esta conferencia que lo que se “construye” es el contenido de una concepción política de la justicia. Se especifica una determinada noción de la persona y se intenta derivar de ella los principios de justicia a través de un proceso de construcción, en el que el elemento mediador es la posición original o situación inicial de igualdad y libertad, que se corresponde en gran medida con “estado de naturaleza” del contractualismo clásico, y es donde se eligen los principios que han de regular a una sociedad bien ordenada.

De este modo, el significado pleno de la concepción de un constructivismo político radica en su conexión con el hecho del pluralismo razonable y con la necesidad de alcanzar una sociedad democrática para asegurar la posibilidad de un consenso traslapado acerca de sus valores políticos fundamentales.

El constructivismo político, entonces, no cuestiona las explicaciones religiosas, filosóficas o metafísicas, ni se ocupa de la veracidad de los juicios morales ni de su validez. La razonabilidad es su norma de lo correcto y, dados sus objetivos políticos, no necesita ir más allá, afirma Rawls.

Segunda ParteLiberalismo político: Tres ideas fundamentales

Conferencia IV. La idea de un consenso traslapado

En esta conferencia Rawls profundiza en la noción de  “consenso traslapado” que ya había adelantado, reconociendo ahora que todos los que se adhieren a la concepción política empiezan a elaborar el consenso a partir de su propio punto de vista comprehensivo, valiéndose de ciertos elementos, dice, de los fundamentos religiosos, filosóficos y morales que les ofrece efectivamente su punto de vista comprehensivo.

Hay que tener en cuenta que éste es un problema decisivo de nuestras sociedades democráticas en las que la convivencia en común y la cooperación política no descansa en una única Weltanschauung, una única cosmovisión. Vivimos en sociedades pluralistas donde ese consenso está roto y hemos aprendido que eso no importe. Pero la organización política es algo que todos, católicos, protestantes, budistas, ateos, vegetarianos y ecologistas, tenemos que hacer en común, y para lo cual necesitamos una teoría política independiente de toda posible metafísica.

Por eso, la idea de la justicia no puede deducirse de una idea del hombre o del mundo, sostiene Rawls, sino que tiene que poder derivarse de las condiciones de un teórico pacto universal suscribible por todo ser racional.  Y de este modo resulta evidente que hacen falta aquí las virtudes de la razonabilidad para realizar esta articulación, lo que constituye un valiosísimo bien público, dice Rawls, que forma parte del capital político de la sociedad.

Conferencia V. Prioridad de lo justo e ideas del bien

Rawls destaca aquí que, en la justicia como imparcialidad, la prioridad de lo justo significa que los principios de la justicia política imponen límites sobre las maneras de vivir permisibles. Y que no hay que perder de vista que sus propias ideas del bien – los bienes primarios- son ideas políticas compartidas por todos, y no presuponen ninguna doctrina comprehensiva en particular.

Las ideas de bien de los principios de justicia política imponen límites a las maneras de vivir permisibles.

Así se desacoplan, para Rawls, la idea privada de lo bueno, que rige al principio de racionalidad, de la idea pública de lo justo, que rige al de lo razonable. El bien es lo que cada uno busca, mientras que lo justo es lo que razonablemente define los términos aceptables para todos de una posible cooperación social.

No obstante, Rawls admite que ninguna sociedad puede incluir en sí misma todas las formas, todos los modos posibles de vida. Como Isaiah Berlin ha sostenido desde hace mucho tiempo, señala, no existe ningún mundo social sin pérdidas; es decir, no hay ningún mundo social que no excluya algunos modos de vida. Especialmente, si tal modo de vida no es capaz de asegurar las ahora irrenunciables libertades básicas de igualdad y tolerancia mutua.

De hecho, una concepción del mundo en sí misma racional se convierte en no razonable cuando desde sí pretende definir los términos de la cooperación social, es decir, lo que es justo, con independencia de lo que podría ser aceptado por todos como tal. El consenso y la emergencia de la idea política de lo justo tienen lugar, así, en un orden político propio, que posteriormente adquiere fuerza moral y política. Este es el punto en el que se sitúa la justicia como equidad.

Un ejemplo podría esclarecer este punto, dice Rawls. Varias sectas religiosas se oponen a la cultura del mundo moderno y desean llevar su vida común apartadas de las influencias de éste, para ellas indeseables. Se suscita así el problema sobre la educación de los hijos de estos sectarios, y sobre los requisitos en el modo de vida que el Estado puede imponer.

En este caso, el liberalismo político exigirá que la educación de los hijos incluya conocimientos tales como los de sus derechos constitucionales y cívicos, de manera que, por ejemplo, sepan que existe en su sociedad la libertad de conciencia y que la apostasía no es un crimen, y todo esto para garantizar que su continua adhesión como miembros de su secta cuando sean adultos no se base simplemente en la ignorancia de sus derechos básicos o en el temor al castigo por delitos que no existen.

Además, su educación debería prepararlos para convertirse en integrantes plenamente cooperadores de la sociedad, y capacitarlos para ganarse la vida; también debería alentar en ellos las virtudes políticas, advierte, de manera que deseen cumplir con los términos justos de la cooperación social en sus relaciones con los demás integrantes de la sociedad.

Conferencia VI. La idea de la razón pública

Rawls sigue avanzando, y en esta conferencia nos recuerda que la razón pública es la característica central de un pueblo democrático, y que su importancia radica en que los ciudadanos deben conducir sus discusiones fundamentales en el marco de una concepción política fundada en valores que los demás puedan razonablemente suscribir. Rawls la entiende, por tanto, como la razón de ciudadanos iguales que, como un cuerpo colectivo, ejercen poder político terminante y coercitivo unos respecto de otros aprobando leyes y mejorando su constitución.

Así, no todas las razones son razones públicas: no lo son, por ejemplo, las razones de las iglesias y de las universidades y de muchas otras asociaciones de la sociedad civil. En regímenes aristocráticos y autocráticos, la reflexión sobre el bien social no corre a cuenta del público, si es que existe,
sino de quienes están en posiciones de dominación. La razón pública es, en cambio, la razón de ciudadanos que comparten una posición de igual ciudadanía, y el objeto de su razón es el bien público: aquello que la concepción política de la justicia exige a la estructura institucional básica de la sociedad y a los propósitos y fines que las instituciones han de servir.

Tercera ParteEl marco institucional

Conferencia VII La estructura básica como objeto

Rawls alude aquí a la estructura básica de la sociedad como el primer objeto de la justicia. Él entiende con este concepto la manera en que las más importantes instituciones sociales encajan unas en otras en un sistema, y en cómo asignan derechos y deberes fundamentales y dan forma a la división de las ventajas que se obtienen mediante la cooperación social.

Las más importantes instituciones son el primer objeto de la justicia.
Las más importantes instituciones son objeto de justicia

Por lo tanto, no es Rawls aquí un teórico social defensor de utopías o de paraísos en la tierra. En ningún momento pretende que una sociedad sea justa en el sentido de que resuelva todos los problemas que se le plantean a cada ciudadano. Es más, Rawls forma parte de la tradición liberal justamente en la medida en que considera que es cuestión de cada uno realizar el bien que se propone y el plan de vida que privadamente prevé realizar.

Dicho de otra forma, para Rawls, y en radical diferencia con el utilitarismo, ser feliz no es una cuestión de justicia. Justa es una sociedad en el sentido que ofrece a todos el marco cooperativo en el que esos planes pueden o no ser realizados con éxito, en la seguridad de que serán respetados por igual los derechos de todos, y los beneficios de la cooperación repercutirán no necesariamente por igual y en todo caso también en beneficio de todos.

En otros términos, la justicia para Rawls es una idea regulativa, según la cual las sociedades no son justas o injustas sino más o menos justas, según en su marcha histórica respondan en mayor o menor medida a lo acordado en la hipotética situación original.

Conferencia VIII. Las libertades básicas y su prioridad

En esta conferencia repasa Rawls sus célebres principios de justicia con una redacción distinta, pero manteniendo su contenido básico inalterable.

Y dice ahora:

  1. Cada persona tiene igual derecho a un esquema plenamente adecuado de libertades básicas iguales que sea compatible con un esquema semejante de libertades para todos.
  2. Las desigualdades sociales y económicas tienen que satisfacer dos condiciones: primera, deben relacionarse con puestos y posiciones abiertos para todos en condiciones de plena equidad y de igualdad de oportunidades; y segunda, deben redundar en el mayor beneficio de los miembros menos privilegiados de la sociedad.

Por todo esto ha sido señalado que el mérito de Rawls consiste en haber sabido establecer con claridad lo que constituye el problema básico de la filosofía política en la actualidad: es decir, la cuestión de la legitimación del orden político en sociedades plurales. Recordemos que Rawls finalizaba su Teoría de la justicia remarcando que observar nuestro lugar en la sociedad desde la perspectiva de la situación de la posición original era observarlo sub specie aeternitatis, es decir, contemplando la situación humana no solo desde todos los puntos de vista sociales sino también desde todos los puntos de vista temporales.

Sin embargo, en esta obra parece haberse apartado de una formulación tan exigente, y aun cuando sigue intentando mantener ese difícil equilibrio, remarca con firmeza la idea de que sus principios deben ser efectivamente vinculantes para sujetos empíricos e históricos. Por lo que, gran parte de la crítica ven un cambio en lo que sería el “último” Rawls, en la medida que ha aceptado que sus principios no pueden entenderse ya como “verdaderos” sino simplemente como “válidos” para “nosotros”, los ciudadanos democráticos contemporáneos, a la luz de lo que constituye nuestra conciencia moral y política.

Los principios de justicia no son considerados como "verdaderos" sino como válidos para nosotros.

Referencias

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Rawls, J.(2006). Liberalismo político. México: Fondo de Cultura Económica.

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Peña, C. Rawls y el problema de la justificación en filosofía política https://filosofiaenimagenes.com/wp-content/uploads/2024/03/Pena-Carlos_2010-1.pdf

Rawls, J. Liberalismo político https://filosofiaenimagenes.com/wp-content/uploads/2024/03/Liberalismo-politico.pdf

Mapa: J. Rawls-Liberalismo político https://filosofiaenimagenes.com/wp-content/uploads/2024/03/John-Rawls-Liberalismo-politico.pdf


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